Arquitecto técnico

 

 

JAVIER LOZANO, CEO – Arquitecto Técnico Titulado por la Escuela Universitaria de Arquitectura Técnica de Sevilla en 1998. Los primeros años de la profesión estuvieron ligados a la empresa Constructora, desarrollando obras de Restauración y Rehabilitación de edificios singulares.

Estos comienzos y el empeño de aprender la profesión desde las bases, su historia, técnicas constructivas, diseños, patologías, hacen posible ofrecer a nuestros clientes la especialización y profesionalidad que necesitan, para la realización de obras de restauración, rehabilitación, obra nueva, inversión, promoción turística…

Para ello Realizamos:

Proyectos y estudios de obras

Obras de nueva planta, reforma, rehabilitación de viviendas y/o edificios. Obras de demolición. Obras de decoración.

Estudio de inversión previo de obra análisis del mercado.

Proyectos de licencia de apertura

Proyectos obras locales comerciales, licencia de primera ocupación de locales y cambio de usos. Licencia de apertura de negocios…

Gestión de licencias, autorizaciones y permisos necesarios para elaborar la obra.

Dirección de Obra y Dirección de Ejecución de obras

Acta de replanteo o inicio de obra. Comprobación de replanteos. Control cualitativo y cuantitativo de la construcción y la calidad de lo edificado. Control de la recepción de materiales y ensayos. Certificaciones parciales y liquidación final de las unidades de obra ejecutadas. Certificado final de obra y Acta de recepción final de la obra. Informes de paralización de obras, abandonos, incumplimiento de contratos de obras.

Dirección (jefe de obras para empresa constructora), planificación de obras, control de ejecución, económico, realización de estudios comparativos…

Asesoramiento externo en obras de edificación, rehabilitación y reforma. Instalaciones…

Mediciones y presupuestos de proyectos

Se realizan mediciones en colaboración con arquitecto ofrecido por la propiedad, en caso de así requerirlo. UNARTEC cuenta con la colaboración de Estudios de Arquitectura con experiencia.

Estudios de Seguridad y salud

Realización de estudios de seguridad en obras que se precise, según normativa, particulares, comunidad de propietarios, reparación de fachadas, todo tipo de obras que así lo requiera.

Coordinación de seguridad y salud

Coordinación de seguridad de obras, control y vigilancia de la seguridad y salud en obra, particulares, comunidad de propietarios, reparación de fachadas, todo tipo de obras que así lo requiera.

Elaboración de planes de seguridad

Realización de elaboración de plan de seguridad, necesario para todo tipo de obras, siendo un documento obligatorio a elaborar por parte de la empresa contratista, previo al comienzo de la obra, junto con el Acta de aprobación del mismo en la solicitud de tramitación de apertura del centro de trabajo (obra), para todo tipo de obras, particulares, comunidad de propietarios, reparación de fachadas, todo tipo de obras que así lo requiera.

Apertura de centro de trabajo o comunicación a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Certificados de Eficiencia Energética

Con la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013 para la certificación de la eficiencia energética, todos los propietarios que deseen vender o alquilar su vivienda deberán tener disponible para el comprador y/o inquilino un certificado energético antes de publicitar su inmueble.

El certificado de eficiencia energética es un documento oficial redactado por un técnico competente que incluye información objetiva sobre las características energéticas de un edificio.

En este sentido, el certificado califica energéticamente un inmueble calculando el consumo anual de energía necesario para satisfacer la demanda energética de un edificio en condiciones normales de ocupación y funcionamiento.

El proceso de certificación energética concluye con la asignación de una etiqueta energética. La escala de calificación energética es de siete letras y varía entre las letras A (edificio más eficiente energéticamente) y G (edificio menos eficiente energéticamente). La etiqueta energética expresa la calificación energética de un edificio otorgando una de estas letras.

Real Decreto 235/2013 Artículo 2. Ámbito de aplicación.

  1. Este Procedimiento básico será de aplicación a:
  2. a) Edificios de nueva construcción.
  3. b) Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
  4. c) Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.

¿QUÉ INCLUYE EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?

Además de realizar la certificación de eficiencia energética obligatoria por el Real Decreto 235/2013, se le ofrece al propietario un estudio desde el punto de vista económico y medioambiental sobre las posibles medidas de mejoras para rehabilitar energéticamente la vivienda (Ahorro anual, plazo de amortización, rentabilidad, presupuesto detallado, ahorro energético, etc,…).
El presupuesto también incluye el registro obligatorio en el Colegio Profesional de Arquitectos Técnicos o Arquitectos de la provincia correspondiente y el registro en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

¿SANCIONES?

Según Ley 8/2013, de 26 de junio Disposición adicional tercera bis (nueva) serán sancionadas de la forma siguiente:

  1. a) Las infracciones leves, con multa de 300 a 600 euros.
  2. b) Las infracciones graves, con multa de 601 a 1.000 euros.
  3. c) Las infracciones muy graves, con multa de 1.001 a 6.000 euros.

ITE

La Ordenanza Municipal de cada provincia sobre Inspección Técnica de la Edificación, establece que todos los edificios con una edad superior a 50 años están obligados a realizar la ITE antes del próximo 6 de NOVIEMBRE de 2009.

Para los edificios de una edad entre 25 y 50 años la FECHA LÍMITE es el 6 de JULIO de 2011.
Esta misma ordenanza establece, que es obligación del propietario del inmueble realizar la inspección del edificio, para lo que deberá contratar un técnico independiente (Arquitecto técnico o aparejador), que se encargará de redactar el informe.

Las sanciones establecidas en la ordenanza, en caso de no realizarse las inspecciones de edificios en plazo, podría ascender hasta los 3.000 €, estando obligado a realizar la ITE en un plazo nuevo.
http://www.jerez.es/webs_municipales/urbanismo/tramites_urbanisticos/inspeccion_tec_edif/

IEE

El Informe de Evaluación del Edificio, más conocido por sus siglas IEE, es un documento que justifica la situación en la que se encuentran los edificios, con relación a su estado de conservación, con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal y con el grado de su eficiencia energética. La administración competente, según situación, puede solicitarlo a los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva.

Las ayudas / subvenciones estatales o Europeas para reformas, mejoras eficiencias energéticas y solución de accesibilidad en edificios, está actualmente supeditada a la realización previa del IEE del edificio, elaborada por Técnico competente, documento necesario para el trámite de esta solicitud.

¿QUÉ ES UN INFORME DE EVALUACIÓN DEL EDIFICIO?

Es un documento en el que se incluye por una parte una Inspección Técnica del Edificio (ITE) y por otra una certificación energética en la que se analiza la demanda del mismo. Todo ello con la finalidad de establecer unos criterios dentro de las posibles mejoras de rehabilitación.
Definido según RD 233/2013 Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, “…un informe de evaluación de los edificios que incluya el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación de los mismos, mediante una subvención que cubra parte de los gastos de honorarios profesionales por su emisión…”

¿CUÁL ES LA FINALIDAD POR LA QUE SE ESTABLECE EL IEE?

Como bien explica el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, rehabilitación edificatoria, y regeneración y renovación urbanas (2013-2016), es una herramienta para conocer las características de los edificios en cuanto a seguridad, accesibilidad, habitabilidad, y sobretodo necesidades energéticas… para poder estudiar en un futuro si se alcanzarán las exigencias a nivel estatal de la Directiva 2012/27/UE planteadas para 2020.

¿CUÁNDO ES NECESARIO?

Este informe se emitirá cuando el/los propietarios del edificio residencial en cuestión soliciten ayudas para la rehabilitación de las zonas comunes del mismo.
En cuanto a la normativa específica de las diferentes Comunidades Autónomas, el Real Decreto hace referencia a que se aceptarán los diferentes modelos que las normas autonómicas emitan. Siempre que se contemplen los aspectos contenidos en el Anexo II (RD 233/2013).

¿QUIÉN PUEDE REALIZAR EL IEE?

Todos aquellos profesionales competentes titulados legalmente, previo cargo del cliente o promotor de la rehabilitación. Ya que deben ser estos los agentes interesados en la finalidad real del informe, la rehabilitación.

¿QUÉ DEBE CONTENER EL INFORME?

El Informe de Evaluación requiere de una parte previa general donde deben quedar reflejados los Datos del Edificio a estudiar y dentro de las partes específicas están;
Parte I: Estado de conservación
Parte II: Condiciones básicas de accesibilidad
Parte III: Certificación energética del edificio
Aquí os dejamos las fichas de campo que el Real Decreto adjunta, para que optimicéis vuestro tiempo al máximo en la realización del Informe de Evaluación del Edificio.

Rehabilitación Energética

La edificación es un sector de enorme influencia en la evolución del consumo de energía y las emisiones de CO2. En el conjunto de la Unión Europea, los edificios son responsables del 40 % del consumo total de energía y del 36 % de las emisiones del dióxido de carbono. En España, las viviendas y los edificios del sector terciario representan el 26 % del consumo de energía final, un 17 % y 9%, respectivamente.

Se ofrece visita con los propietarios de las viviendas y/o representantes de comunidad para así realizar un informe detallado de realización asesoramiento para mejorar la calificación energética de su inmueble, ofreciéndoles la información económica necesaria para saber la inversión que supondría la rehabilitación y los años de amortización, ya que es el factor más influyente a la hora de tomar una decisión, acompañado de la nueva certificación energética del edificio.

Una vez ofrecidas las propuestas de mejora y aceptado por el cliente, se encargará la realización de proyectos de instalación de climatización y A.C.S, o/y de la envolvente de los edificios.
Medidas de Mejoras: Aislamiento térmico, Huecos, Instalaciones…
Evaluación de las mejoras: Económicas, años de amortización, coste de las medidas…
Implantación de la certificación energética: Disminución de la demanda energética, reducción de emisiones, ahorro…

Realización de informes

Informes sobre vicios y daños de los edificios, causas y posible reparación. Informes sobre estado actual de instalaciones, servicios, obras y reparación y su valoración.

Realización de cálculos

Realización de Cálculo de estructuras. Cálculo de instalaciones.

Adaptaciones de proyectos a CTE

Realización de proyectos de adaptación de obras al Código Técnico de la edificación, buscando de esta manera la mejora  de la eficiencia energética entre otras muchas ventajas. Incluso realización de valoración de las distintas actuaciones a realizar. Realización de estudio de ofertas y recomendación de la más idónea para el trabajo a efectuar.

Viviendas eficientes

Realización de proyectos de adaptación de obras al Código Técnico de la edificación, buscando de esta manera la mejora  de la eficiencia energética entre otras muchas ventajas. Incluso realización de valoración de las distintas actuaciones a realizar. Realización de estudio de ofertas y recomendación de la más idónea para el trabajo a efectuar.

Ahorro energético

Realización de informe para las mejoras de la eficiencia energética, de forma individualizada. Realización de valoración de las distintas actuaciones a realizar. Estudio de diferentes opciones que rentabilicen la inversión a medio y corto plazo. Asesoramiento en cuanto a las subvenciones según el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas actualizadas.

Energía Solar

Realización de informe y presupuesto de suministro y colocación de Energía solar. Asesoramiento en cuanto a las subvenciones según el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas actualizadas.

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